El gerente legal de la Cámara de Comercio de Lima (CCL), Víctor Zavala Lozano, mencionó que el 15 de mayo vence el plazo legal para que los empleadores depositen la compensación por tiempo de servicios (CTS), a sus trabajadores.
Las nuevas reglas especiales se han dado debido al estado de emergencia nacional sanitaria para frenar la propagación del coronavirus. De no hacerlo, la multa ascenderá a 94,500 soles.
Los trabajadores que presten servicios durante una jornada –en promedio– mayor a las cuatro horas diarias, tendrán derecho a percibir su CTS. Este beneficio equivale a una remuneración mensual, cuyo depósito se realiza en la entidad financiera elegida por el trabajador (bancos y cajas de ahorro, principalmente).
Del mismo modo, Zavala Lozano advirtió que en el depósito diferido de la CTS de mayo que se concrete en noviembre se deberán considerar los respectivos intereses que se hubieren devengado entre el 16 de mayo y la fecha en que se haga el depósito.
Por su parte, el laboralista César Puntriano Rosas mencionó también las disposiciones excepcionales de estos fondos para mitigar los efectos del covid-19.
“Hasta el 9 de junio, los trabajadores pueden disponer libremente de los fondos del monto intangible por depósitos de CTS hasta por la suma de 2,400 soles”, dijo el experto y socio del Estudio Muñíz.
Afirmó que las entidades financieras deberán efectuar los desembolsos del monto correspondiente de la CTS del trabajador a la sola solicitud de este. “Esta puede ser presentada por vías no presenciales y ejecutada mediante transferencia a cuentas activas o pasivas del trabajador que este indique”.
La CTS a ser depositada corresponde al período noviembre 2019-abril 2020.