Asegurados pueden retirar el 25% de sus fondos de AFP

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La ley que autoriza el retiro de hasta el 25 % de los fondos de las administradoras de fondos de pensiones (AFP) fue publicada el 01 de mayo, en el Boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano

En adelante, le corresponde a la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) determinar el procedimiento operativo para el retiro de los fondos de los afiliados.

Dicha entidad tiene un plazo que no deberá exceder los 15 días calendario, contados a partir del 01 de mayo (día de publicada la ley) bajo responsabilidad de su titular.

La ley N° 31017, denominada Ley que establece medidas para aliviar la economía familiar y dinamizar la economía nacional en el año 2020, establece como monto máximo de retiro el equivalente a tres Unidades Impositivas Tributarias (UIT), es decir 12,900 soles, y como monto mínimo una UIT, o sea 4,300 soles.

La entrega de los fondos será así: 50 % en un plazo máximo de diez días calendario después de presentada la solicitud ante la AFP y 50 % a los 30 días calendario computados a partir del primer desembolso.

En caso de que el afiliado tenga un fondo acumulado total igual o menor a una UIT, el retiro será del 100 % y en un solo desembolso, en un plazo máximo de diez días calendario tras presentar la solicitud.

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